Política

F-1/J-1 tras la inhibición del 14 de septiembre: memorando de dos escenarios

Pausa el trabajo de admisión fija, agenda el riesgo de revisión del Primer Circuito y redacta ahora las dos ramas.

AutorThe Petition File — Redacción
Publicado24 septiembre 2026
Lectura4 MIN
Illustration: F-1/J-1 after the Sept 14 injunction: two-scenario memo

El plazo es la fecha de fin de estatus más próxima

Si la fecha de fin de estatus de un empleado F-1 o J-1 está en su calendario, detenga la elaboración del expediente de admisión fija. El 14 de septiembre de 2026, un tribunal federal de distrito en Massachusetts suspendió la regla de admisión fija del DHS a nivel nacional, un día antes de que la regla entrara en vigor el 15 de septiembre de 2026. El juez F. Dennis Saylor IV, con sede en el Distrito de Massachusetts, emitió la suspensión de la regla que habría sustituido la duración de estatus por períodos de admisión fija para las categorías de no inmigrantes F, J e I.

El caso se denomina Presidents' Alliance on Higher Education and Immigration v. U.S. Department of Homeland Security, expediente No. 1:26-cv-13799-FDS, y la decisión lleva esa misma fecha. El tribunal determinó que los impugnantes tenían una probabilidad sustancial de éxito en su reclamación bajo la Ley de Procedimiento Administrativo. Para los no inmigrantes F, J e I, el antiguo criterio de duración de estatus sigue aplicándose, y la nueva regla está suspendida, no anulada, durante el litigio de fondo.

El tribunal calificó el alivio como temporal y permitió al gobierno solicitar revisión ante el Primer Circuito mientras la suspensión se mantiene hasta que el caso de fondo se resuelva definitivamente. La orden excluyó de la inhibición dos mensajes separados del Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio, uno fechado el 12 de agosto de 2026 y el otro el 24 de agosto de 2026, que se referían a la elegibilidad para la Formación Práctica Curricular.

Pausa el trabajo de cumplimiento de la admisión fija, pero mantenga activo el calendario de cumplimiento existente. No informe a los empleados de que su estatus ahora tiene una nueva fecha de fin. Mantenga la fecha de fin de estatus existente como fecha de control y mantenga la fecha de fin de la autorización de trabajo visible en el mismo expediente. Corrija el calendario ahora, antes de que cambie la rama.

La lista de verificación que mantiene abiertas ambas ramas

Incluya el riesgo de revisión del Primer Circuito en el mismo calendario que la fecha de fin de estatus de cada empleado. Prepare ahora un memorando de contingencia, porque la rama puede cambiar el disparador de presentación sin cambiar el puesto del empleado.

  • Confirme que cada empleado sigue en duración de estatus, no en un período de admisión fija.
  • Marque la fecha de fin del programa y la fecha de fin de estatus en la misma vista del calendario.
  • Señale a cualquier empleado cuya autorización de trabajo dependa de la Formación Práctica Curricular.
  • Separe el expediente de evidencia en dos carpetas: statu quo y régimen de período fijo.
  • Registre el disparador que trasladaría el expediente de una rama a la otra.
  • Asigne un responsable y una fecha de revisión para el memorando.

Ejecute la lista antes de la próxima fecha de fin de estatus y actualice el memorando cuando la revisión del Primer Circuito o la resolución de fondo cambie la rama.

El memorando debe dividir la evidencia, no al empleado

La rama uno asume que la duración de estatus se mantiene. Incluya en el memorando la fecha de fin del programa del empleado, la fecha de fin de la autorización de trabajo y la fecha en que la empresa tendría que presentar una extensión o cambio de estatus. Anote cualquier dependencia de CPT, porque la elegibilidad para la formación puede cambiar con los requisitos del programa.

La rama dos asume que la regla de admisión fija regresa. Explique cómo la regla utilizaría períodos de admisión fija en lugar de duración de estatus. La evidencia debe demostrar que el empleado se mantuvo dentro del período, incluyendo registros de viajes, empleo y programa. Indique el siguiente paso si la suspensión actual es impugnada.

El memorando también señala lo que no cambia: el puesto, la obligación de exactitud del expediente y la necesidad de saber cuándo termina la autorización de trabajo. Lo que cambia es la etiqueta de la fecha de fin y el disparador de presentación asociado a ella.

El expediente identifica los documentos que demuestran que el empleado permaneció en el programa, porque una rama futura puede requerir un conjunto de pruebas diferente y un plazo de presentación distinto que cumplir.

Mantenga el memorando lo suficientemente breve para que un gerente de contratación pueda leerlo en una sola sesión y un abogado pueda defenderlo en una sola audiencia; si la rama cambia, el expediente ya debe contener las fechas, la evidencia y el responsable.

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